viernes, 14 de marzo de 2025

NOTAS HISTÓRICAS: ¿De qué trataba la ley del 11 de marzo de 1825?

 

AGHRC (1890) - Carta XI - División política de Colombia, 1824


El Senado y la Cámara de Representantes de la República de Colombia, reunidos en Congreso, considerando:

Que son absolutamente necesarias leyes especiales que, conforme al sistema constitucional, arreglen y constituyan separada y uniformemente toda la administración de la República en sus diferentes ramos de justicia, hacienda, económica de guerra y gobierno política y económico de los departamentos(articulo 1º);

Que cualesquiera leyes, por bien calculadas que sean, pueden hacerse ilusorias sin la responsabilidad efectiva de los funcionarios encargados de ejecutarlas; decretan:

Capitulo I: De los funcionarios encargados de la administración gubernativa y económica de los departamentos. 

Capitulo II: De los Intendentes

Capitulo III: De los Gobernadores

Capitulo IV: De los Jefes Políticos Municipales

Capitulo V: De los Alcaldes Municipales y Parroquiales

Capitulo VI: De las Juntas de Sanidad

Capitulo VII: De las municipalidades y juntas parroquiales

Capitulo VIII: De las Juntas de provincia

Capitulo IX: De la responsabilidad de los empleados en el gobierno político de los departamentos y provincias y en la administración de hacienda.

Esta misma norma, atañe a la organización y regímenes político y económico de los departamentos y provincias al igual que de las municipalidades. Consta de 9 capítulos entre los cuales se destacan las funciones de los gobernadores en las provincias, los jefes municipales en los cantones y los alcaldes en sus respectivas parroquias.

En el articulo 64, se hace referencia a las obligaciones de los alcaldes municipales en el cantón y de los alcaldes parroquiales. En los artículos del  98 al 99 se menciona sobre las juntas de policía parroquial. Para esta misma época Perodias era una de las viceparroquias de Candelaria y ya empezaba a figurar el nombre del presbítero Francisco Quijano y Lemos, en relación con esta zona, de acuerdo con los registros de los años previos a la creación del curato.

Para comprender un poco como se encontraba dividido el territorio para este mismo año, hay que remitirse a la ley del 25 de junio de 1824 mediante la cual se organizaban las jurisdicciones integrantes de la república de la gran Colombia conformada además por las actuales repúblicas de Venezuela y Ecuador,  las cuales tenían sus respectivas autoridades:

En los departamentos entre ellos el Cauca con capital Popayán, residía el señor intendente, quien era la autoridad máxima a nivel departamental (articulo 2).

En la provincias entre ellas Popayán, a la cual pertenecía Palmira y otras ciudades: Un gobernador que residía en la capital (articulo 30).

En los cantones por su parte como Palmira y Tuluá, los jefes políticos municipales estaban encargados de su administración (articulo 53). 

Finalmente en el cantón y en cada parroquia entre ellas Candelaria , los alcaldes debían promover el orden, la tranquilidad, la decencia y moralidad publica, cuidando de la observancia de la Constitución y las leyes (articulo 64).

La sanción de esta ley o manual de funciones por parte del vicepresidente de la república, Francisco de Paula Santander y el Secretario de Estado Jose Manuel Restrepo, aclara aun mas como estaba gobernado el territorio en los comienzos de la nación. Es probable que por estas fechas Perodias, hubiese alcanzado una connotación dentro del contexto del cantón de Palmira, aunque todavía se hallaba como se ha dicho bajo la jurisdicción de Candelaria. 

Una primera hipótesis, me lleva  a afirmar que luego de la conformación del Concejo de Palmira, en junio de este mismo año, se dictaron las respectivas normas de la jurisdicción y se nombraron sus primeras autoridades como se expondrá en la siguiente entrega del mes de mayo. Desafortunadamente, en linea con lo dicho por Mauricio Zúñiga en Florida y su tradición, es difícil comprobar que nuestro pueblo haya sido fundado o creado como viceparroquia para esta misma época como lo había expresado la tradición oral, puesto que la Notaria Primera de Palmira, solo menciona dentro de sus registros a la zona en cuestión a partir del año de 1827 en adelante, es decir después de haber sido creada la parroquia.


Bibliografía: 

-Codificación nacional de todas las leyes de Colombia. Tomo II. 1825-1826. https://repository.eafit.edu.co/



martes, 4 de febrero de 2025

El boletín Memoria Floridana (2017-2025)

En el municipio de Florida, han sido mas bien pocas las publicaciones periódicas de carácter cultural, literario o científico; principalmente se han realizado periódicos de índole político o bien magazines informativos de los respectivos mandatarios locales.

En 2016, Gustavo Torres publicó de manera digital “El Telégrafo”, un magazín cultural que tuvo pocas ediciones por falta de apoyo del sector comercial e institucional; esta fue la etapa previa para los inicios del boletín Memoria Floridana, el cual nació como el órgano informativo del Centro de Estudios Históricos Marco Antonio Valencia en 2017, con publicaciones bimensuales, que se compartían de manera digital y llegaban a los centros y academias de historia de la región y el país.

Estudiantes del colegio San Francisco de Asís leyendo la primera edición conmemorativa de Memoria Floridana en 2017.

En septiembre de este mismo año, con el apoyo del entonces congresista Heriberto Sanabria, se pudo entregar la primera edición impresa de carácter conmemorativo, así mismo en 2018 y 2019, gracias al apoyo de la licenciada Gloria Elizabeth Benavidez, por aquellos años Secretaria de Cultura y Turismo. Cabe anotar que en estas ediciones como en las digitales, se incluyeron valiosos datos entre ellos investigaciones, secretos floridanos, archivos fotográficos, entre otros.


Entrega de Memoria Floridana en el Simposio Nacional de Buga en 2019


Con la llegada de la pandemia en 2020, el boletín continuó en su tarea de difundir la historia local y regional, haciendo uso de las referencias bibliográficas y fuentes documentales. En 2021, se tuvieron de nuevo las ediciones impresas con el apoyo de instituciones como la parroquia San Antonio de Padua y comerciantes entre ellos el Restaurante Mozaiko y Biscochuelos Doña Leo y otros más.


Estudiantes de la I.E Absalón Torres Camacho, con la quinta edición conmemorativa de Memoria Floridana en septiembre de 2021

En 2022, se entregaron 2 ediciones impresas a full color en el quinto año del boletín del centro, mientras que en 2023 se entregó una sola edición haciendo énfasis en el 190 aniversario de la localidad y finalmente en 2024, se contó con el apoyo del entonces concejal Juan Pablo Orozco y familia y de algunos comerciantes, con lo cual se dispuso de un compendio de varios artículos inéditos al llegar a la edición 25 del boletín y se tuvo también la octava edición conmemorativa, con un resumen de las gestiones realizadas y una infografía de las familias y gestores que dieron origen a nuestro municipio. Cabe destacar que se han realizado hasta la fecha mas de 50 boletines, que se encuentran disponibles para su consulta digital en la página de Calameo.


Familia Solano Acosta y académicos del centro en la entrega de la edición número 25 en abril de 2024 

En la edición 26, correspondiente al año 2025, se hará un homenaje a los autores del libro “Florida, recuperando la memoria colectiva”, el cual conmemora dos décadas de su lanzamiento. Se espera entregar al publico de manera impresa con el apoyo de la Secretaria de Cultura local.

Finalmente, como meta en el mediano plazo, el boletín Memoria Floridana busca convertirse en 2027 al llegar a su primera década, en un folleto coleccionable con calidad de contenidos y presentación, con el respaldo del gobierno local, regional y nacional, de los comerciantes y demás benefactores, con los cuales esperamos seguir contando para recuperar nuestra memoria colectiva.

Un agradecimiento especial también a los compañeros académicos, lectores, diseñadores, periodistas, medios de comunicación y demás amigos de la historia floridana; que podamos continuar con la tarea de dar a “conocer nuestra memoria, para fortalecer nuestra identidad”

Autoría: Gustavo Torres Álvarez. Secretario general CEHMAV